Sistema de Bonificación a las Empresas
Introducción
El sistema de Bonificación a las Empresas es uno de los elementos más destacados de la nueva legislación que regula la Formación Continua,
y que se concreta en la posibilidad de que éstas dispongan de un crédito para la formación que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, y cuyas cuantías y coeficientes dependerá del número de trabajadores de las empresas.
La propia empresa es la que se deduce de la cuota de la Seguridad Social su crédito para el desarrollo de las acciones formativas. Esta deducción se aplica en el pago de los seguros sociales, a partir del mes en el que finaliza el curso, mediante dos sistemas en función del medio de presentación: sistema RED o TC2 normalizado.
Asimismo, las empresas podrán utilizar su crédito de formación continua para formar el número de trabajadores que se considere oportuno, aunque tendrá que respetar los módulos económicos máximos que establece la actual normativa.
La empresa podrá bonificarse (*) los costes de formación (**), si justifica que aporta el % de cofinanciación (respecto de los costes totales) exigido por la normativa.
| Nº de trabajadores |
% de bonificación Año 2009 |
% mínimo de cofinanciación privada |
| 6-9 |
100% |
0% |
| 10-49 |
75% |
10% |
| 50-249 |
60% |
20% |
| > 250 |
50% |
40% |
Nota.- En el caso de las empresas de 1 a 5 trabajadores, en lugar de un porcentaje se garantiza una cantidad fija de 420 euros por empresa.
* El máximo que la empresa podrá bonificarse en concepto de Formación Continua lo determina su CRÉDITO PARA FORMACIÓN CONTINUA. Este se calcula aplicando a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de formación profesional el año anterior, el porcentaje de bonificación que se establece cada año en la Ley Anual de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de la Empresa. Para llevar a cabo el cálculo de la cuantía de la subvención puede usar el simulador incluido en la propia página de la Fundación Tripartita
Simulador de Calculo de Subvenciones
** Los costes formativos se calculan respetando los módulos económicos máximos. (Orden TAS/500/2004, de desarrollo del RD 1046/2003).